Las dudas más reales que tienen los empleadores colombianos sobre la afiliación a la Seguridad Social, respondidas con claridad
Cuando una empresa contrata su primer empleado, o cuando un área de recursos humanos recibe un trabajador nuevo, surgen preguntas que no siempre tienen una respuesta clara a la mano. Algunas de esas preguntas parecen básicas pero tienen matices que marcan la diferencia entre hacerlo bien y hacerlo con errores.
En este artículo respondemos las preguntas más frecuentes que se hacen los empleadores en Colombia sobre este proceso.
¿Cuándo exactamente debo hacer la afiliación de un trabajador?
Es también la duda más crítica porque su respuesta define el margen de acción del empleador.
La ley colombiana es categórica en este punto: no puede haber un solo día de trabajo sin que la afiliación esté activa.
No hay un plazo adicional de días para completar el trámite una vez que el trabajador ya empezó. En términos prácticos, desde el momento en que firmas el contrato debes iniciar la afiliación para que esté lista el día que el trabajador llegue.
¿El trabajador puede elegir libremente su EPS y su fondo de pensiones?
Absolutamente, y es una de las disposiciones más claras del sistema de Seguridad Social colombiano.
El trabajador tiene el derecho constitucional y legal de escoger con total libertad la Entidad Promotora de Salud registro empresarial protección bogotá a la que desea pertenecer, así como el fondo de pensiones en el que quiere cotizar.
Orientar al trabajador hacia una entidad particular de manera que coarte su libre decisión es una conducta que puede ser considerada una infracción laboral.
La obligación del empleador en este punto es informar las opciones, no decidir por el trabajador, y documentar que esa comunicación se realizó.
Solo en el caso de la ARL el empleador tiene plena potestad de elegir la entidad, dado que él asume el costo y gestiona la relación contractual con ella.
¿Cómo se calculan los aportes y cuánto debe pagar el empleador cada mes?
El valor de los aportes varía según el ingreso del trabajador y el nivel de riesgo asignado a la actividad económica de la empresa.
Los aportes se calculan sobre el ingreso base de cotización, que como mínimo debe equivaler a un salario mínimo mensual legal vigente, sin importar cuánto gane en realidad el trabajador por encima de ese tope inferior.
En salud, el empleador paga el 8,5% del ingreso base de cotización y descuenta el 4% del salario del trabajador, sumando entre los dos un total del 12,5%.
En pensión, el empleador asume el 12% y al trabajador se le descuenta el 4%, para un aporte total del 16% del ingreso base de cotización.
El aporte a la ARL oscila entre el 0,348% y el 8,7% dependiendo del nivel de peligrosidad de la actividad de la empresa, siendo el empleador quien asume el 100% de ese costo.
¿Debo hacer una nueva afiliación si el trabajador viene de otro empleo?
La mayoría de los trabajadores adultos llegan con afiliaciones activas o historial en el sistema, y saber cómo manejarlo ahorra tiempo y trámites innecesarios.
Si el trabajador ya está afiliado a una EPS, puede continuar en esa misma entidad sin necesidad de hacer una nueva afiliación desde cero.
Cuando el empleado quiere aprovechar el cambio de trabajo para cambiar de EPS, puede gestionar ese traslado siguiendo el procedimiento establecido por la Supersalud.
En pensiones también puede haber continuidad o traslado, pero las condiciones de traslado entre el régimen público y el privado tienen restricciones legales específicas que el trabajador debe conocer.
¿Dónde y cómo se hace el pago mensual de los aportes al sistema?
El mecanismo oficial para pagar los aportes a salud, pensión y riesgos laborales de forma unificada es la PILA, Planilla Integrada de Liquidación de Aportes.
Con la PILA no es necesario pagar por separado a cada entidad: una sola liquidación y un solo pago cubren todo el sistema para todos los trabajadores.
Existen múltiples operadores autorizados, entre ellos Aportes en Línea, Mi Planilla y SOI, que permiten hacer todo el proceso en línea con integración a los sistemas de nómina más comunes.
¿Qué consecuencias tiene no afiliar a un trabajador o hacerlo de manera incorrecta?
El incumplimiento en materia de afiliación puede derivar en sanciones económicas importantes y en responsabilidades directas ante cualquier contingencia que sufra el trabajador.
Las sanciones que puede imponer el Ministerio de Trabajo o la UGPP ante el incumplimiento de estas obligaciones pueden ser muy significativas para cualquier empresa, independientemente de su tamaño.
Sin afiliación vigente, la empresa queda sin el respaldo de las entidades del sistema y debe enfrentar sola cualquier eventualidad que le ocurra al trabajador durante el ejercicio de sus funciones.
La afiliación como reflejo de la seriedad con la que una empresa trata a su gente
La manera en que una empresa gestiona la afiliación de sus trabajadores dice mucho sobre su cultura organizacional, su respeto por la ley y su visión de largo plazo.
Resolver bien estas preguntas, aplicar correctamente los porcentajes y cumplir con los plazos establecidos no es un asunto burocrático: es una decisión de gestión que define el tipo de empresa que quieres construir.